Denunciamos la política oportunista basada en el bulo y el ruido mediático de la portavoz del PP de Torrent, Amparo Folgado, en estos momentos de dificultad para muchas empresas y familias torrentinas.

Los socialistas de Torrent queremos denunciar la actitud deleznable que está demostrando en las últimas semanas la portavoz del Partido Popular de Torrent, Amparo Folgado, con la que, en una situación extrema para nuestra ciudad y nuestro país, en la que la unión de fuerzas y la optimización de recursos es fundamental para recuperar la ansiada vuelta a la normalidad, esté tratando de entorpecer esta recuperación y confundir a la población con continuas informaciones vertidas a los medios que no se ajustan a la realidad o con un oportunismo despreciable que deja bien a las claras la altura política de quien en su día fuera alcaldesa, no electa pero al fin y al cabo alcaldesa, de Torrent.

Con su última desafortunada y lamentable intervención en forma de nota de prensa, aprovechando un error informático del portal de comunicación interna del Ayuntamiento para montar un nuevo circo mediático que nada tiene que ver con la realidad actual que atraviesa la ciudad, en que todos los recursos de la Administración están enfocados en combatir la crisis sanitaria y económica provocada por el COVID-19 por la que muchas familias de Torrent están pasando una situación difícil, expone una vez más una postura reprobable que lo único que demuestra es su deslealtad al Equipo de Gobierno y a todos los vecinos y vecinas de Torrent, continuando en una batalla política personalista con la que trata de sacar rédito político. Una guerra tan estéril como innecesaria en estos momentos de estado de alarma, luchando contra molinos de viento cuando el auténtico enemigo es invisible y no entiende de colores políticos. Una actitud muy alejada del resto de grupos políticos locales, más por la labor de resolver los problemas de los torrentinos y torrentinas.

La Sra. Folgado, quien fuera alcaldesa de Torrent recordemos, además muestra nuevamente un insultante desconocimiento del funcionamiento de la administración pública al exigir recibir las convocatorias de la Junta de Gobierno Local que, como apunta informe del Secretario General de la Administración Municipal adjunto, se encuentran reguladas tanto en la Ley como en el Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Torrent y la convocatoria se realiza por parte de la Presidencia de la JGL, “notificando exclusivamente a los miembros de la JGL, no existiendo ninguna obligación legal de comunicación individualizada a otros concejales o portavoces de Grupos Municipales”. Un documento que demuestra y constata que se ha cumplido con las obligaciones legales de publicidad y derecho de acceso a la información relacionadas con las sesiones de Juntas de Gobierno Local en las últimas semanas, salvo en el periodo en el que la plataforma Portalet estuvo parcialmente inoperativa por problemas informáticos, impidiendo que se pudieran subir las actas de las sesiones de 1 de abril y 7 de abril.

La Sra. Folgado se permite además el lujo de hablar de “ocultar información a la oposición”. Ella, que encabezó la etapa más oscura de la administración local, no sólo con una nefasta gestión que condujo al consistorio a un endeudamiento límite, si no con una comunicación opaca como lo demuestra que en sus algo más de tres años de mandato sólo convocara dos Juntas de Portavoces, cuando sólo durante el actual Estado de Alarma se han celebrado más de 20 y además se ha creado una comisión con representación de todos los grupos políticos para tratar el Plan de Choque Municipal con 1.150.000 euros en Ayudas Económicas Directas destinadas a empresas, autónomos, comercios locales y familias de Torrent afectadas por el COVID-19, que en las últimas semanas centran el grueso del contenido de las Juntas de Gobierno Local.

Los socialistas de Torrent desconocemos si esta manera de proceder de la Sra. Folgado es por ignorancia, que es muy atrevida a la vez que peligrosa, o detrás de ello se esconda un juego sucio con una política basada en el bulo y en el ruido mediático con intereses personalistas, totalmente fuera de lugar en estos días de sufrimiento para muchas familias y en los que la sociedad torrentina está dando un ejemplo de responsabilidad, solidaridad y esfuerzo conjunto.

Sra. Folgado, el pueblo torrentino no se merece esto. Ahora no toca.

INFORME DEL SECRETARIO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

A la vista del escrito presentado en fecha 17 de abril de 2020 (registro de entrada Nº 2020010227), por Dª. Amparo Folgado Tonda, como portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Torrent, en relación con el acceso a información relativa a la convocatoria y actas de la Junta de Gobierno Local, y a solicitud de la Alcaldía, se emite el siguiente INFORME:

Primero.- El régimen de sesiones de la Junta de Gobierno Local, así como la publicidad y derecho de acceso a la información relativa a las mismas por parte de los concejales del Ayuntamiento, se encuentra regulada tanto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, como en el Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Torrent (ROGA en adelante), el Reglamento Orgánico del Pleno y en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En relación con el suministro de información a los concejales que no forman parte de la Junta de Gobierno Local, se ha de diferenciar entre la información sobre la convocatoria y la información sobre los acuerdos adoptados.

Segundo.- En relación con la convocatoria, y de conformidad con los artículos 41 y 42 del ROGA, la misma se realiza por parte de la Presidencia de la Junta de Gobierno Local, es decir, la Alcaldía, mediante Decreto en los casos de sesiones ordinarias y extraordinarias, y directamente sin Decreto en los casos de sesiones extraordinarias y urgentes.

Dicha convocatoria se ha de notificar exclusivamente a los miembros integrantes del órgano colegiado, en este caso, a los miembros de la Junta de Gobierno Local, no existiendo ninguna obligación legal de comunicación individualizada a otros concejales o portavoces de Grupos Municipales.

En cambio, la publicidad de las convocatorias se regula en el art. 42.3 del ROGA, que señala que las sesiones ordinarias y extraordinarias son anunciadas inmediatamente después de su convocatoria en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Torrent, donde se dará información suficiente del orden del día y de los asuntos a tratar.

Comprobado el cumplimiento de dichas normas durante las últimas semanas, se constata que los Decretos de convocatoria se han publicado de forma inmediata en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Torrent, que es de acceso público y general.

Asimismo, al contenido de dichos Decretos de convocatoria tienen acceso todos los concejales del Ayuntamiento a través de la plataforma de administración electrónica municipal, sin que se haya constatado que durante estas semanas se hayan visto privados de dicho acceso por problemas informáticos en la plataforma.

Tercero.- En relación con los acuerdos adoptados en las sesiones de la Junta de Gobierno Local, el art. 44.2 del ROGA establece que las sesiones de la Junta de Gobierno Local no serán públicas, si bien las Actas de la Junta de Gobierno Local se remitirán a todos los miembros de la misma, a los Portavoces de los Grupos Políticos Municipales y al Interventor General. Asimismo, el art. 16 del Reglamento Orgánico del Pleno establece, al regular la información periódica, señala que se han de remitir a los concejales los acuerdos de la Junta de Gobierno Local.

Comprobado el cumplimiento de dichas normas durante las últimas semanas, se constata que las actas de las sesiones de la Junta de Gobierno Local, una vez aprobadas, se han publicado en el Portalet del Ayuntamiento de Torrent, que es el portal de comunicación interna del Ayuntamiento, tanto para empleados públicos como para los Grupos Políticos municipales, salvo en el periodo comprendido entre los días 1 y 21 de abril, en el que la plataforma Portalet no estuvo parcialmente inoperativa por problemas informáticos, impidiendo ello que se pudieran subir las actas de las sesiones de 1 de abril y 7 de abril.

Por otro lado, los artículos 45 y 47 del ROGA establecen que los acuerdos de la Junta de Gobierno Local tendrán la publicidad exigida por la legislación de Régimen Local y además se publicarán en el espacio web del Ayuntamiento de Torrent.

Comprobado el cumplimiento de dichas normas durante las últimas semanas, se constata que se ha procedido a publicar en la web municipal la relación de acuerdos aprobados en la Junta de Gobierno Local.

            De todo lo cual se informa a los efectos oportunos.

EL SECRETARIO GENERAL

Fdo.- Jonatan Baena Lundgren